Gastos subvencionables:
a) Canon del suelo.
b) Construcción del stand.
c) Alquiler de mobiliario.
d) Suministros directamente relacionados con la participación en la feria.
e) Transporte de mercancias.
f) Intérpretes.
g) Edición de catálogos
Estos gastos podrán ser previos a la presentación de la solicitud, sin que, en ningún caso, puedan ser anteriores a seis meses a la fecha de la solicitud.
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