¿Qué necesitas?
Pueden beneficiarse de estas ayudas las empresas que cumplan uno de estos dos requisitos:
- Empresas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que gocen que tengan la consideración de pyme.
- Empresas privadas que no teniendo la consideración de pyme, sean susceptibles de ser subvencionadas por alguna de las líneas de subvención directa.
- Que la empresa se dedique a uno de estos sectores: Industrias extractivas y transformadoras, agroalimentaria, artesanía, hostelería y turismo, transporte, comercio, telecomunicaciones, y sociedad de la información y servicios en general, menos servicios agrícolas y comercio mayor de ganado.
Condiciones
- Tipo de Interés: como máximo un punto más del Euribor a seis meses.
- Inversión Subvencionable: el 75%, hasta un máximo de 3.000.000 de euros.
- Comisión: de apertura: 0,5% para activo fijo y 0,25 para mercaderías.
- Plazo: Activo Fijo: 15 años, incluyendo una carencia opcional de 2 años; Mercaderías: 2 años, incluyendo una carencia opcional de 1año.
Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2013